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Risk in Context

Preparando el Brexit: el gran desafío para las empresas de la UE

Jueves, 28 Junio 2018

El Brexit representa un gran desafío para las empresas de la UE, sean del tamaño que sean y, aunque indudablemente será necesario elaborar planes de contingencia, la incertidumbre con respecto al resultado del Brexit implica barajar diferentes hipótesis y, por tanto, mantenerse a la espera pero en alerta.

Aunque todavía no está claro el impacto que tendrá el Brexit en el mercado asegurador y, en menos de un año Reino Unido (UK) saldrá oficialmente de la Unión Europea (UE), no se vislumbra el tipo de acuerdo comercial que finalmente alcanzarán las partes.

Hasta el 29 de marzo de 2019, mientras no se firmen los acuerdos transitorios, aún en debate, las empresas de UK podrán seguir teniendo acceso al mercado único y, en contrapartida, la legislación europea se aplicará en Gran Bretaña e Irlanda del Norte. De alcanzar dichos acuerdos, ellos regirán las relaciones UE - UK hasta finales de 2020, fecha en la que, de no ratificarse ningún acuerdo de salida, la relación comercial entre la UE y UK se regirá por los términos y condiciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC). De ocurrir esto, las implicaciones serían trascendentales: los bienes sufrirían un aumento de costes por la introducción de aranceles, mientras que los servicios sufrirían la pérdida de derechos de pasaporte, con la inmediata reducción de la actividad transfronteriza en sectores como, por ejemplo, el financiero.

Se está especulando mucho sobre la gravedad que supondría para UK no alcanzar un acuerdo de salida, sin embargo, la UE también tiene motivos para desarrollar planes de contingencia. 

¿Cómo afectaría económicamente a la UE?

La UE-27, formada por los 27 países de la UE post-Brexit, mantiene un saldo neto exportador respecto a UK. Aunque el coste del Brexit será mayor para estos países (35 mil millones de euros frente a 31 mil millones para UK), será inferior en proporción al valor de los bienes y servicios producidos en cada una de las dos economías. Cabe destacar que, dada la amplia gama de proveedores alternativos de bienes en los 27 países restantes, la UE está bien posicionada para mitigar las posibles consecuencias.

¿Qué beneficios tendría una unión aduanera?

Si bien la posición oficial de UK es abandonar la unión aduanera europea, un hipotético acuerdo, de permanencia o mantenimiento de las condiciones actuales, evitaría costes tanto derivados de aranceles, como algunos otros transfronterizos.

Tal acuerdo no mitigaría ningún impacto en el sector de los servicios financieros, ya que solo aplicaría a actividades corporativas de comercialización con bienes y, por tanto, no con servicios —no cubiertos por la unión aduanera—.

Derechos de “pasaporte empresarial”

El derecho de pasaporte de una empresa registrada en el Espacio Económico Europeo (EEE) es el derecho a hacer negocios en cualquier otro estado del EEE sin necesidad de autorización adicional en cada país. Actualmente, las aseguradoras comunitarias pueden asegurar riesgos en cualquier parte del EEE mientras estén establecidas en el espacio comunitario.

Desde la perspectiva del mercado asegurador, un importante riesgo en este proceso es que se produzca un Brexit duro, que provocara la pérdida de los derechos de pasaporte para las aseguradoras y/o corredores con sede en UK.

En ese caso, las aseguradoras de UK, que actualmente emiten pólizas sobre riesgos en la UE-27, necesitarían obtener autorización para operar en el EEE a fin de continuar asegurando esos riesgos. Ello podría lograrse estableciendo nuevas filiales en la UE, transfiriendo sus registros de UK a un estado miembro, o poniendo en marcha acuerdos u otras colaboraciones con aseguradoras de la UE. El plazo para resolver la cuestión acaba el ‘día Brexit’.

Oportunidades y amenazas

Hasta cierto punto, la UE-27 está en condiciones de beneficiarse del cambio en los derechos de pasaporte. Para desarrollar sus operaciones, las aseguradoras con sede en UK pueden optar por asociarse con otras, que ya tienen una licencia de la UE, en lugar de solicitar la suya propia. Alternativamente, algunas aseguradoras pueden seleccionar una aseguradora “fronting” con la licencia de la UE, garantizando el acceso continuo a los derechos de pasaporte.

Las aseguradoras de UK que quieran continuar sus negocios en el EEE, al carecer de cadenas de suministro y, por la imposibilidad de mitigar completamente los costes directos resultantes del Brexit, probablemente establecerán sus ventas locales, gestión de riesgos y funciones de control dentro de la UE-27. Hasta ahora más de 30 aseguradoras, incluida Lloyd’s of London, han anunciado planes para establecer filiales en la UE y mitigar los impactos del Brexit”.

A medida que continúan las negociaciones del Brexit, la proactividad corporativa se hace más necesaria, por ello Marsh puede ayudar a:

  • Verificar qué aseguradores participantes en los programas de seguros del cliente y evaluar su capacidad para mantener el derecho de pasaporte tras el Brexit.

  • Examinar la exposición de UK vs UE y cómo se pueden obtener y presentar datos organizacionales diferenciados.

  • Identificar qué asesoramiento local se podría requerir en los países de la UE y considerar cualquier posible alteración del modelo actual de servicio de Marsh o el modelo de gestión asegurador.

  • En las próximas renovaciones, ante un entorno post-Brexit, considerar la estructura más apropiada del programa de seguros.

  • Preparar contingencias en torno a la “protección previa” del período de los contratos anuales para aquellos programas que traspasen la fecha del Brexit y que sean estructurados en ausencia de una mitigación legislativa. Las opciones pueden incluir pólizas a corto plazo y cláusulas para “cancelar y reescribir” las pólizas automáticamente.